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PROPL-7/2017
Proposición de Ley de participación y servicios educativos para la Comunidad de Madrid
Estado: DECAIDA
Documento de apertura: 08/05/2017
Procedimiento: Por vía art. 150 R.A.
Autores Ángel Gabilondo Pujol
Destinatario Mesa de la Asamblea
- 08/05/2017
- Proposiciones de Ley de Grupos Parlamentarios o Diputados
- RGEP4715-17 (08/05/2017) Proposiciones de Ley de Grupos Parlamentarios o Diputados
- 16/05/2017
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.2 del Reglamento de la Asamblea, acuerda calificar y admitir a trámite la Proposición de Ley, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea, y su remisión al Gobierno para que manifieste su criterio respecto a su toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si supusiera aumento de créditos o disminución de los ingresos presupuestarios del ejercicio económico en curso
- B.O.A.M. 122 (18/05/2017) desde la página 15212 hasta la página 15291
- RGSP1984-17 (19/05/2017) Acuerdo de Mesa de 16/05/2017
- 07/06/2017
- Manifestación criterio contrario a toma en consideración
- Del Sr. Viceconsejero de Presidencia y Justicia, remitiendo manifestación del criterio del Gobierno desfavorable respecto de la toma en consideración y su no conformidad a la tramitación de la Proposición de Ley PROPL 7/17 RGEP 4715, del Grupo Parlamentario Socialista, de participación y servicios educativos de la Comunidad de Madrid.
- RGEP5806-17 (07/06/2017) Manifestación criterio contrario a toma en consideración de 07/06/2017
- 12/06/2017
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 12 de junio de 2017, ACUERDA Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 151.4 del Reglamento de la Asamblea, no admitir la manifestación del criterio del Gobierno desfavorable respecto de la toma en consideración y su no conformidad a la tramitación de la Proposición de Ley PROP.L-7/2017 RGEP.4715, del Grupo Parlamentario Socialista, de participación y servicios educativos de la Comunidad de Madrid, así como su traslado a la Junta de Portavoces para su conocimiento, al considerar que el incremento de gasto que se afirma, conforme a lo dispuesto por el artículo 151 del Reglamento de la Asamblea, no afectaría en modo alguno al ejercicio económico en curso. Segundo.- Comunicar al Gobierno que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto primero de la Resolución núm. 9/2016, de la Presidencia de la Asamblea, de 3 de marzo, de determinación del plazo para presentación de la discrepancia del Gobierno ante un acuerdo desfavorable de la Mesa al criterio del Gobierno del artículo 151.4 del Reglamento de la Asamblea, dispone de un plazo de siete días, desde la notificación del presente acuerdo, para, en su caso, presentar su discrepancia al presente Acuerdo.
- B.O.A.M. 126 (15/06/2017) desde la página 15807 hasta la página 15807
- RGSP2356-17 (15/06/2017) Acuerdo de Mesa de 12/06/2017
- RGSP2395-17 (16/06/2017) Acuerdo de Mesa de 12/06/2017
- 20/06/2017
- Discrepancia del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
- Del Sr. Viceconsejero de Presidencia y Justicia, remitiendo acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de 20-06-17, por el que se plantea discrepancia acerca de la interpretación de la Mesa en su acuerdo de 12-06-17, en relación con la Proposición de Ley PROPL 7/17 RGEP 4715, de participación y servicios educativos de la Comunidad de Madrid, acompañado de Informe de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos.
- RGEP6720-17 (20/06/2017) Discrepancia del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 20/06/2017
- 26/06/2017
- Acuerdo de Mesa
- La Mesa, considerando el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de 20-06-17, por el que reitera su criterio desfavorable respecto a la toma en consideración y la no conformidad con la tramitación de la Proposición de Ley PROPL 7/17 RGEP 4715, del Grupo Parlamentario Socialista, de participación y servicios educativos de la Comunidad de Madrid, manifestada por el Gobierno ya que "supondría un importante incremento del gasto para la Comunidad de Madrid en el ejercicio en curso en el que la ley entre en vigor, que según estimaciones de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte podría alcanzar la cuantía de 425.336.886 euros, respecto a medidas cuantificables en este momento", y en virtud de lo dispuesto por el artículo 151 del Reglamento de la Asamblea, acuerda la interrupción de la tramitación de la iniciativa de referencia y su archivo sin ulteriores actuaciones, así como su traslado a la Junta de Portavoces para su conocimiento.
- B.O.A.M. 129 (30/06/2017) desde la página 16498 hasta la página 16498
- RGSP2548-17 (03/07/2017) Acuerdo de Mesa de 26/06/2017
- RGSP2567-17 (03/07/2017) Acuerdo de Mesa de 26/06/2017