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PE-1985/2018
Se pregunta si ha tenido en cuenta la Consejería de Políticas Sociales la recomendación formulada por el Defensor del Pueblo a la Comunidad de Madrid que señala que, ante la aplicación de una medida de contención física a un menor en un centro de protección, se debe comunicar de manera inmediata dicha medida por parte de la Dirección del Centro a la Entidad Pública de Protección y al Ministerio Fiscal
Estado: TRAMITADA
Documento de apertura: 14/12/2018
Procedimiento: Por vía art. 198 R.A.
Autores Pilar Sánchez Acera
Destinatario CONSEJO DE GOBIERNO
- 14/12/2018
- Preguntas para respuesta Escrita
- RGEP15765-18 (14/12/2018) Preguntas para respuesta Escrita
- 21/01/2019
- Acuerdo de Mesa de Diputación Permanente
- La Mesa acuerda su admisión y dispone su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea, conforme a lo dispuesto en los artículos 49, 97, 191, 192 y 198 del Reglamento de la Asamblea
- B.O.A.M. 221 (24/01/2019) desde la página 31876 hasta la página 31876
- RGSP298-19 (28/01/2019) Acuerdo de Mesa de Diputación Permanente de 21/01/2019
- 21/02/2019
- 22/02/2019