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Pagina: DGP - Servicio de Documentación y Biblioteca - Funciones y Competencias
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Artículo 30
El Servicio de Documentación y Biblioteca tiene las siguientes funciones:
- La planificación y supervisión de las tareas encomendadas a la sección encuadrada en el servicio, a cuyo fin cursará las órdenes e instrucciones que estime convenientes.
- La asistencia a la Dirección de Gestión Parlamentaria en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
- La organización, propuesta de adquisición, clasificación y mantenimiento del fondo bibliográfico y documental de la Asamblea de Madrid.
- El establecimiento e intercambio de documentación y publicaciones con otras cámaras nacionales y extranjeras, así como con las administraciones públicas y con los centros de estudios procedentes.
Artículo 31
Corresponde a la Sección de Documentación y Biblioteca las siguientes funciones:
- La coordinación e impulso de las tareas encomendadas a los negociados encuadrados en la sección, a cuyo fin podrá cursar las órdenes e instrucciones que estimen convenientes.
- La asistencia al jefe del servicio en las tareas y actividades que éste le encomiende.
- La puesta a disposición de los órganos de la Asamblea, de los Diputados y de los Grupos Parlamentarios de la bibliografía y documentación que soliciten a través de los cauces reglamentariamente establecidos.
Artículo 32
Corresponde al Negociado de Biblioteca las siguientes funciones:
- La tramitación y ejecución de los expedientes y asuntos que les asigne el jefe de la sección.
- La asistencia a la sección en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
- La ordenación y custodia de los fondos bibliográficos.
Artículo 33
Corresponde al Negociado de Documentación las siguientes funciones:
- La tramitación y ejecución de los expedientes y asuntos que le asigne el jefe de la sección.
- La asistencia a la sección en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
- La ordenación y custodia de los fondos documentales que por razones temporales no correspondan al archivo de la Cámara.