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Pagina: Cuerpo de Letrados - Funciones y Competencias
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ESTATUTO DE PERSONAL DE LA ASAMBLEA DE MADRID
Artículo 24
- Son funciones específicas de los Letrados:
- El asesoramiento jurídico a las Comisiones, a través de sus Mesas respectivas, y a las Ponencias de las mismas, así como la redacción, de conformidad con los criterios adoptados por ellas de sus respectivos informes y dictámenes, recogiendo sus acuerdos y verificándolos en el Diario de Sesiones respectivo, cuyo texto supervisará una vez elaborado el borrador correspondiente por la Sección de Diario de Sesiones.
- A los efectos del apartado anterior, la asistencia a las sesiones correspondientes de las Comisiones Parlamentarias y de sus Ponencias.
- La asistencia a las reuniones de la Mesa y de la Junta de Portavoces, así como a las Sesiones del Pleno de la Cámara, en apoyo o sustitución del Secretario General.
- La elaboración de los dictámenes e informes jurídicos que les fueran encomendados a requerimiento de la Mesa de la Asamblea, de su Presidente, de los Presidentes de las respectivas Comisiones o del Secretario General.
- La redacción de las actas de Sesiones a las que concurrieren, que deberán ser supervisadas y autorizadas por el Secretario de la Comisión correspondiente.
- La supervisión de los trabajos preparatorios de la actividad parlamentaria de las Comisiones y de sus respectivas Ponencias.
- La tramitación de los acuerdos que se adopten en las Comisiones a las que asistan.
- Cualesquiera otras tareas, estudios y propuestas de nivel superior, de asesoramiento,asistencia jurídica, dirección o coordinación de dependencias y servicios que les fuerenencomendados por la Mesa, el Presidente o el Secretario General.
- En los casos y forma en que proceda, la defensa de la Cámara ante el Tribunal Constitucional y demás Órganos Jurisdiccionales.
- No obstante lo anterior, los funcionarios de este Cuerpo pueden ocupar puestos de trabajo de carácter administrativo superior, realizando las funciones y tareas propias de los mismos, según lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo.
- En su función asesora, los Letrados se atienen al principio de libertad de conciencia e independencia profesional.