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Pagina: DGA - Sección de Diputados y Relaciones Externas - Funciones y Competencias
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Artículo 56
Corresponde a la Sección de Diputados y Relaciones Externas, directamente dependiente de la Dirección de Gestión Administrativa, las siguientes funciones:
- La coordinación, supervisión e impulso de las tareas encomendadas a los negociados encuadrados en la sección, a cuyo fin podrá dictar las órdenes e instrucciones que estime pertinentes.
- La asistencia a la Dirección de Gestión Administrativa en las tareas y actividades que ésta le encomiende.
- La atención al Diputado en sus relaciones con la Administración parlamentaria, canalizando a tal efecto las peticiones, consultas y demandas que realice cualesquiera que sean los servicios afectados. Quedan exceptuadas las materias propias de la actividad parlamentaria estricta referida al funcionamiento del Pleno, las Comisiones y sus Mesas, que se canalizarán a través de la Dirección de Gestión Parlamentaria.
- La atención y asistencia al Diputado en las relaciones que mantenga en condición de tal con otros organismos e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como la gestión y asistencia en viajes y desplazamientos por razón del cargo.
- La gestión del Teléfono de Atención al Diputado en los términos y condiciones que establezca la Mesa de la Cámara.
- La tramitación de las acreditaciones de los parlamentarios y miembros de la Mesa, una vez cumplimentados los requisitos reglamentarios para la adquisición de la condición plena de Diputado.
- La entrega a los Diputados de los signos acreditativos de su condición, en especial, el carnet, la insignia y la medalla.
- La tramitación de los asuntos relativos a los expedientes personales de los Diputados, a su seguridad y asistencia social y sus mejoras, jubilación e invalidez, formación y cuantas materias guarden relación con el área del régimen jurídico y económico de los Diputados que no se encuentren expresamente atribuidas a otro órgano en este Reglamento.
- La elaboración de las nóminas de los Diputados y de las retenciones que en las mismas se practiquen a favor de la Hacienda Pública, Seguridad Social, Mutualidades y cualesquiera otros gravámenes aplicables.
- La coordinación de la gestión y seguimiento de los convenios de colaboración con otros entes o Administraciones públicas.
- La gestión, control y supervisión del contrato de cafetería y comedores de la Asamblea de Madrid y la relación con las empresas contratistas durante la ejecución del contrato.
- La gestión, control y supervisión del contrato de telefonía móvil en todas aquellas cuestiones de carácter no estrictamente técnico, prestando la asistencia requerida por los Diputados y el resto de usuarios, así como la relación con las empresas contratistas durante la ejecución del contrato para este cometido.
- La gestión, control y supervisión de aquellos contratos administrativos necesarios para la ejecución de las funciones atribuidas reglamentariamente y la relación con las empresas contratistas durante la ejecución del contrato.
Artículo 57
Corresponde al Negociado de Régimen Jurídico y Económico:
- La tramitación y ejecución de los expedientes y asuntos que le asigne el jefe de la sección.
- La asistencia a la sección en las tareas que ésta le encomiende.
- La elaboración material de las nóminas de los Diputados, así como de las retenciones que procedan.
- La gestión de altas, bajas e incidencias de los Diputados en el Régimen de Seguridad Social, así como en los regímenes de asistencia social complementaria.
Artículo 58
Corresponde al Negociado de Relaciones Externas:
- La tramitación y ejecución de los expedientes y asuntos que le asigne el jefe de la sección.
- La asistencia a la sección en las tareas que ésta le encomiende.
- La asistencia efectiva al Diputado en las relaciones que mantenga en condición de tal con otros organismos e instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como en los viajes y desplazamientos que efectúe por razón del cargo.
- La aplicación de las normas de protocolo en los actos a los que asistan o en los que participen Diputados.
- La gestión material y ejecución del seguimiento de los convenios de colaboración con otros entes o administraciones públicas.